Durante muchos años, en España se habló de “delitos” y “faltas” para referirse a las conductas castigadas por el Código Penal. Sin embargo, desde la reforma penal de 2015, las antiguas faltas desaparecieron formalmente del ordenamiento jurídico y fueron sustituidas por las llamadas “infracciones leves” o, en algunos casos, por sanciones administrativas.
Aun así, el debate y la confusión persisten: ¿qué diferencia hay entre un delito y una falta (o delito leve)? ¿Qué consecuencias tiene cada uno? Entenderlo es fundamental para saber qué ocurre cuando se comete una infracción penal y cómo puede afectar a la vida y antecedentes de una persona.

1. Qué es un delito
Un delito es una conducta tipificada en el Código Penal que atenta contra la ley y merece una sanción penal. Para que una acción u omisión sea considerada delito deben cumplirse tres elementos fundamentales:
• Tipicidad: la conducta debe estar descrita expresamente en la ley penal. Si no está tipificada, no puede castigarse (“nullum crimen, nulla poena sine lege”).
• Antijuridicidad: debe ser contraria al derecho, es decir, no amparada por ninguna causa de justificación (por ejemplo, la legítima defensa).
• Culpabilidad: el autor debe haber actuado con dolo (intención) o culpa (negligencia), salvo en los casos de responsabilidad objetiva expresamente establecidos.
Los delitos pueden ser de acción (cuando alguien realiza una conducta prohibida) o de omisión (cuando alguien no hace lo que la ley exige). El Código Penal los clasifica en función de la gravedad de la pena: delitos graves, menos graves y leves.
2. Qué eran las faltas y qué pasó con ellas
Antes de la Ley Orgánica 1/2015, el Código Penal distinguía entre delitos y faltas. Las faltas eran infracciones de menor entidad, con penas más leves y tramitación más sencilla. Ejemplos típicos eran las pequeñas lesiones sin tratamiento médico, los insultos leves, los daños materiales de poca cuantía o las coacciones sin gravedad.
Con la reforma de 2015, el legislador decidió eliminar las faltas y redistribuirlas de dos maneras:
- Algunas pasaron a ser delitos leves, integrándose dentro del Código Penal pero con sanciones reducidas (multas o trabajos en beneficio de la comunidad).
- Otras se convirtieron en infracciones administrativas, que ya no se persiguen por la vía penal sino por leyes específicas como la Ley de Seguridad Ciudadana o las ordenanzas municipales.
Esto significa que hoy día ya no existen “faltas” en sentido estricto, aunque en el lenguaje cotidiano todavía se use el término para referirse a conductas leves.
3. Diferencias principales entre delito y falta (o delito leve)
Aunque la terminología cambió, las diferencias sustanciales entre las infracciones más y menos graves siguen siendo similares:
a) Gravedad de la conducta y la pena
Los delitos implican una mayor gravedad y pueden acarrear penas de prisión, multa elevada o inhabilitación. Los delitos leves (antiguas faltas) solo conllevan sanciones leves, como multas de hasta tres meses o trabajos en beneficio de la comunidad de corta duración.
b) Tramitación judicial
Los delitos graves y menos graves se tramitan mediante procedimiento ordinario o abreviado, mientras que los delitos leves se resuelven en un juicio rápido o juicio por delitos leves, que se celebra ante un juez de instrucción sin necesidad de instrucción compleja ni abogado obligatorio en algunos casos.
c) Consecuencias en los antecedentes penales
Otra diferencia fundamental está en los antecedentes penales. Tanto los delitos graves como los leves generan antecedentes, pero los de carácter leve se cancelan mucho antes.
Por ejemplo, un delito leve de hurto o lesiones puede borrarse del expediente a los seis meses si no se vuelve a delinquir, mientras que un delito grave puede tardar hasta diez años en cancelarse.
d) Intención o gravedad del daño
Las faltas antiguas solían basarse en conductas sin intención grave de causar daño, mientras que los delitos propiamente dichos implican dolo, violencia o un perjuicio significativo.
4. Ejemplos prácticos para entender la diferencia
Veamos algunos ejemplos comunes:
• Lesiones: Antes de 2015, una pelea con un pequeño golpe que no requería tratamiento médico era una falta. Hoy se considera delito leve de lesiones (art. 147.2 del Código Penal).
• Hurto: Si alguien roba un objeto de menos de 400 euros, comete un delito leve de hurto (art. 234.2). Si supera esa cantidad, ya es delito menos grave.
• Amenazas o coacciones: Las amenazas leves que no implican riesgo serio también se castigan como delitos leves (art. 171 y 172).
• Daños materiales: Romper un objeto de poco valor sin causar perjuicio grave puede sancionarse como delito leve de daños.
Por tanto, la diferencia no está solo en el tipo de conducta, sino en la gravedad del resultado o la intención del autor.

5. Las consecuencias legales: sanciones, antecedentes y reincidencia
Cometer un delito, aunque sea leve, tiene consecuencias reales. No solo puede implicar una multa o una medida restrictiva, sino también una anotación en el registro de antecedentes penales.
Estas son las principales consecuencias según la gravedad:
Delitos leves:
• Multas de uno a tres meses (pagadas en cuotas diarias).
• Trabajos en beneficio de la comunidad (hasta 30 días).
• En algunos casos, privación del derecho a portar armas o acercarse a la víctima.
Delitos menos graves:
• Penas de prisión de tres meses a cinco años.
• Multas de más de tres meses.
• Inhabilitación o suspensión de derechos profesionales.
Delitos graves:
• Prisión superior a cinco años.
• Inhabilitación absoluta o especial.
• Pérdida de determinados derechos civiles.
En todos los casos, las penas impuestas quedan registradas, y su cancelación depende del tiempo transcurrido sin reincidir. Una reincidencia (cometer un nuevo delito mientras el anterior aún consta en el registro) puede agravar la pena futura y reducir los beneficios penitenciarios.
6. ¿Qué ocurre con las infracciones administrativas?
Tras la desaparición de las faltas, algunas conductas leves pasaron a regularse fuera del ámbito penal. Ejemplos son las faltas de respeto a la autoridad, los ruidos molestos o las peleas en la vía pública, que hoy se sancionan con multas administrativas bajo la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza) o normas locales.
La diferencia principal es que en estos casos no se juzga un delito, sino una infracción administrativa. No se generan antecedentes penales, aunque sí antecedentes administrativos, que pueden influir en futuros procedimientos o sanciones.
7. ¿Por qué desaparecieron las faltas?
La eliminación de las faltas respondió a un intento del legislador de descongestionar los juzgados y reservar el Derecho Penal para las conductas verdaderamente graves. Se buscó trasladar las conductas leves al ámbito civil o administrativo, donde pueden resolverse más rápido y con menos coste judicial.
Sin embargo, esta reforma ha generado cierta inseguridad jurídica, ya que muchos ciudadanos desconocen qué conductas son delito leve o infracción administrativa, y en qué vía deben reclamar.
8. Conclusión: conocer la diferencia para actuar correctamente
Saber distinguir entre un delito y una falta (hoy delito leve) es fundamental para entender qué consecuencias legales puede tener una conducta. Aunque los delitos leves parezcan inofensivos, siguen siendo infracciones penales con posibles antecedentes y sanciones judiciales.
Por eso, es importante no minimizar su impacto y acudir a un abogado ante cualquier citación o denuncia. Una correcta defensa puede evitar antecedentes innecesarios y garantizar que el proceso se resuelva con todas las garantías.
En definitiva, la línea que separa un error leve de un delito con consecuencias graves puede ser más fina de lo que parece. Conocer las diferencias, los derechos y las obligaciones que establece el Código Penal es la mejor forma de actuar con responsabilidad y protegerse ante cualquier situación legal.
